domingo, 22 de marzo de 2020

La Confesión

La confesión viene a ser uno de los medios de prueba aportados por la parte; pero, a diferencia de otros medios de prueba que tienen el aspecto personal como denominador común, está el testimonio y la pericia, que son propias de terceros y la inspección que proviene del órgano jurisdiccional. Como se estableció anteriormente, no toda especie de declaración es una confesión; para esto es imperativo que exista un propósito formal de reconocer la verdad de las declaraciones de la parte contraria, y no podría hallarse este carácter en simples alegaciones en sustento de los fundamentos en que se apoya la demanda o la defensa, ni con mayor razón en escritos. De esta manera, la confesión es considerada como la reina de las pruebas o la prueba por excelencia.



En la legislación y doctrina venezolana, se hace especial énfasis en que las declaraciones deban versar sobre hechos, aunque se puede decir que no obligatoriamente deba ajustarse al reconocimiento o admisión de los hechos, pues el confesante es libre de relatar su posición, incluso hablar sobre otros hechos no expuestos por la contraparte, siempre y cuando se trate de hechos que versen sobre el objeto de la causa o proceso. Así mismo, según Lessona, citado por Cabanellas, G. (2000), la confesión es:

La declaración judicial o extrajudicial, espontánea o provocada, mediante la cual una parte capaz de obligarse, y con ánimo de proporcionar a la otra una prueba en perjuicio propio, reconoce total o parcialmente la verdad de un hecho susceptible de producir consecuencias jurídicas a su cargo. (p. 217).
En este concepto se establece que la parte debe tener el ánimo de declarar en perjuicio propio, es decir, que su declaración debe ser a favor de la contraparte. En cuanto a las consecuencias jurídicas, el concepto puede referir que dicha declaración se inclina indudablemente hacia una sentencia favorable a la contraparte.

Desde la perspectiva más general, la confesión es la declaración por la que una persona reconoce por auténtico un hecho de tal naturaleza que puede producir contra ella consecuencias jurídicas. Debe versar sobre el hecho, y no sobre el derecho. A manera de concretar, la confesión es una declaración de una parte sobre los hechos concernientes al objeto de un proceso y que son desfavorables a su interés y favorables a la contraparte en dicho proceso.


La Confesión

La confesión viene a ser uno de los medios de prueba aportados por la parte; pero, a diferencia de otros medios de prueba que tienen el aspe...